• El informe técnico deberá ser realizado por un técnico competente, como un Ingeniero Agrónomo o Ingeniero Técnico Agrícola, debiendo ser visado por el Colegio de Ingenieros correspondiente.
La Junta de Gobierno de la Comunidad de Regantes de Cartagena y la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) han acordado:
Obligatoriedad de presentar un informe técnico acreditativo del cumplimiento de cada una de las medidas cautelares aprobadas en la Junta de Gobierno de la CHS de fecha 16 de julio de 2020, en función de la zona donde se ubique su explotación.
Este informe técnico deberá ser realizado por un técnico competente, como un Ingeniero Agrónomo o Ingeniero Técnico Agrícola, debiendo ser visado por el Colegio de Ingenieros correspondiente.
La omisión de esta obligación, determinará la orden de la CHS de corte del suministro de agua al regante en tanto en cuanto no se acredite el cumplimiento de las obligaciones que les corresponden.
Enlace de publicación en el BOE de las medidas cautelares: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2020-24791
VISOR ( https://gis.crcc.es:9000/multi/crcc/) se pueden visualizar las distintos zonas geográficas a las que hace mención las citadas medidas cautelares.
Se recomienda que en el informe técnico,además de la referencia catastral,SIGPAC,se haga mención a la referencia de la CRCC de las parcelas.
Los informes técnicos visados de deben presentar a través de la sede electrónica de la CRCC: https://sede.crcc.es
C/Jara Carrillo, 13, 30004 Murcia
Tlfno.- 968 21 06 00
Email.- agronomos@agronomosmurcia.com
Horarios
Lunes a Viernes
09:00 a 13:30 H