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El Supremo da la razón a los ingenieros agrónomos en su guerra con los técnicos

• La sentencia del Supremo deja las cosas muy claras: sólo los ingenieros agrónomos pueden ejercer como ingenieros agrónomos
En una reciente Sentencia del Tribunal Supremo se determina, sin lugar a dudas, que la titulación de grado no homologa para ejercer la profesión de ingeniero agrónomo, para lo que es necesario cursar los estudios de máster en ingeniería agronómica.
La Sentencia da la razón a nuestro compañeros del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Extremadura, que recurrieron una orden de la Junta de Extremadura por la que se exigía estar en posesión del título de grado para acceder al Grupo A1.

Para ejercer la profesión regulada de Ingeniero Agrónomo, en cualquier ámbito, es necesario estar en posesión de la titulación de Máster en Ingeniería Agronómica; mientras que para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Técnico Agrícola, en cada una de sus especialidades, basta con tener la titulación de Grado en esa especialidad.
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